La legislación actual obliga a entidades de crédito y profesionales liberales (abogados, asesores fiscales y notarios, entre otros) a disponer de protocolos de actuación y controles de riesgo para detectar si alguno de sus clientes utiliza sus servicios para blanquear dinero.
Las entidades y profesiones susceptibles de ser utilizadas para blanquear dinero deberán aplicar una política de control de riesgo ’reforzada’ cuando sus clientes sean ’personas del ámbito político’ nacionales o extranjeros, es decir, todas las personas con un potencial de relación política (jefes de Estado, de Gobierno, ministros, secretarios de Estado o subsecretarios, parlamentarios, miembros del Tribunal Supremo y Constitucional así como embajadores o miembros de los órganos de administración de empresas públicas, así como a los padres, hermanos e hijos de la ’persona del ámbito político’ y sus cónyuges o parejas cargos electos de la administración local y autonómica, como alcaldes y presidentes regionales).
Adicionalmente, se deben controlar todas las personas con antecedentes en el delito de blanqueo, tráfico de armas, narcotráfico y otros.
A efectos prácticos, esto significa que bancos y otras entidades financieras, casinos, notarios, abogados, inmobiliarias o asesores fiscales, entre otras profesiones, deberán disponer de procedimientos adecuados para determinar si su cliente es una ’persona del ámbito político’.